PARLAMENTO NICARAGÜENSE REMITE A COMISIÓN LEY DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY GENERAL DE BANCOS E INSTITUCIONES FINANCIERAS

La Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibió de parte de la primera secretaria la Iniciativa de Ley de Reformas y Adiciones a la Ley Numero 561; Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros.

Entre sus disposiciones, brinda protección a los usuarios financieros contra prácticas injustas, engañosas y abusivas; así como contra las prácticas anticompetitivas, lo que será regulado por la Superintendencia.

Asimismo, el Estado garantiza la libertad de empresa y el establecimiento de bancos, otras instituciones financieras, privadas y estatales, que se regirán conforme a las leyes de la materia. Estos serán supervisados, regulados y fiscalizados por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras.

La presente ley tiene por objeto la regulación del Sistema de Garantía de Depósitos de las instituciones financieras, con el fin de garantizar la restitución de los depósitos de ahorro, depósitos a la vista, depósitos a plazo o a término; de las personas naturales o jurídicas, conforme a los procedimientos que establece esta ley en Nicaragua.

Uno de los aspectos fundamentales de la regulación se centra en la identificación de riesgos, entidades, sistemas y procesos que puedan llegar a afectar la estabilidad financiera y que ameriten una supervisión especial.

Estas iniciativas robustecen el marco jurídico de las instituciones bancarias de Nicaragua, garantizando estabilidad en la economía nacional. Todas fueron remitidas a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto para su debido dictamen y pronta aprobación.

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