El Ministerio del Trabajo, MITRAB, emitió el Acuerdo Ministerial Número 05-2026, mediante el cual se prohíbe expresamente la realización de trabajos peligrosos para todas las personas menores de 18 años de edad en el territorio nacional.
Por su parte, la ministra del Trabajo, Johana Vanessa Flores Jiménez, indicó que la disposición ministerial da cumplimiento a la Constitución Política de Nicaragua y a los compromisos internacionales asumidos en la Convención sobre los Derechos del Niño y los convenios 138 y 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), enfocados en la erradicación del trabajo infantil y la eliminación de sus peores formas.

Agregó que, el acuerdo instruye a las inspectorías departamentales del trabajo a intensificar la vigilancia e inspección, tanto en el sector formal como informal, para constatar que no se contrate a niños y evitar que los adolescentes realicen tareas que pongan en riesgo su vida, integridad física, psíquica o moral.
Finalmente, la lista de actividades de riesgo establecida por el Ministerio del Trabajo contempla restricciones para tareas con exposición a contaminantes químicos, biológicos y tóxicos, así como a condiciones físicas extremas, como ruidos iguales o superiores a 70 decibelios, vibraciones, temperaturas elevadas (más de 37 grados al aire libre o 30 grados en espacios cerrados y fríos extremos inferiores a 20 grados en ambientes refrigerados.




